lunes, 27 de febrero de 2017

Biografía de Edward Jan Habich - 14. Código de Minería

  • No deja de extrañar que un país eminentemente minero como el Perú careciese de una ley de minería adecuada a las circunstancias de los tiempos. Difícil se hacía para la Escuela de Ingenieros dirigir el proceso de extracción, beneficio y comercialización de los productos de la minería estando aún este ramo regulado por las ordenanzas de 1785. A ellas se sumaban asistemáticamente las leyes emitidas durante la República, la más importante de las cuales databa de 1877. Era a todas luces necesario un ordenamiento que regulase una actividad que se veía, después de la falaz prosperidad del guano, como la solución estable a la situación crítica de la economía nacional. Las exigencias de los mineros, por una parte, y las cada día más apremiantes sugerencias de la Escuela convencieron al Supremo Gobierno de la necesidad de estructurar una ley de minería más acorde con los tiempos, con la importancia que este producto tenía en la economía peruana, con las presiones de los grupos inversionistas extranjeros y con las recientes innovaciones tecnológicas.
  • En orden a solucionar esta desadecuación, el Gobierno Peruano emite en 1888 un decreto por el que manda formar un sólo cuerpo o código que satisfaga las exigencias de la minería nacional. Para tal efecto designa una comisión de la que el director de la Escuela de Ingenieros es miembro nato. Los comisionados deben emitir sus informes en junio de 1888 a fin de que pueda ser presentado en la siguiente legislatura. Bajo la presidencia del conocido minero Leonardo Pflücker y Rico, los comisionados Eduardo de Habich, Ramón de la Fuente -que muere antes de que concluyan las labores de la comisión- y Ramón Ribeyro preparan un proyecto del Código de Minería que Habich presentará en París, durante la Exposición Universal, a grupos inversionistas europeos de los que recibe ferviente acogida. El articulado es una especificación de los principios liberales vigentes en la época. Defensa de la propiedad privada, libertad para el uso y abuso de la misma, escasa ingerencia del Estado cuya labor queda reducida a firmar el contrato con el propietario y a cobrar quince soles al semestre como impuesto por cada pertenencia, podrían ser algunos rasgos fundantes de la estructura legal que orientó desde entonces la explotación minera en el Perú. Con razón podía decir Alberto A. Elmore “Este es el sistema más liberal que puede adoptarse en la materia”.
  • El proyecto, que había despertado un eco esperanzador en los grupos económicos extranjeros, quedó sin embargo traspapelado entre muchas cuestiones que preocupan al Congreso. Es necesario que pasen dos años para que los legisladores crean oportuno ocuparse del problema. En octubre del 1890 el Congreso decide nombrar una comisión para que estudie nuevamente el asunto. Habich espera que, por fin, sea elevado a categoría de ley el proyecto en el que tanto trabajase porque conocía la importancia que tenía para la renovación de la industria nacional. Pasan, no obstante, los años y la proyectada ley sigue dormitando en los archivos del Congreso. Habich insiste una y otra vez desde el Boletín de la Escuela de Ingenieros en la urgencia de arreglar definitivamente el problema de la minería. En otros países se han usado como base las leyes españolas de 1868 que pueden considerarse, anota Habich, “como el tipo tendente a generalizarse más y más en todas partes, por razón de ser la expresión más completa de la libertad industrial, del laisser-faire, laisser-aller, con aplicación a la minería”. Pero parece que las opiniones de los técnicos gravitaban poco en la mente de los legisladores. Los mineros se ven obligados a insistir, a través de Luis N. Bryce, Presidente de la Sociedad Nacional de Agricultura y Minería, ante la Cámara de Senadores para que se apruebe el proyecto preparado por la comisión Pflücker. Después de nuevos estudios y comisiones, en 1897 se aprueba la ley de minería que recoge los planteamientos emitidos por la comisión Pflücker de 1888, por Federico Moreno en 1893 y por una última comisión compuesta por E. Malpartida, F. Gildemeister, A. Garland, H. Gaffron y E. Montero en 1896.
Busto de Eduardo J. de Habich en el local de la Escuela de Ingenieros del Perú, 4 de abril de 1914.

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